
El Poder Ejecutivo provincial, a través del Decreto 3214/3 firmado por el ministro de Economía y Producción, Daniel Abad, estableció un régimen de bonificaciones para contribuyentes que opten por el pago anticipado o puntual de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores y Rodados, y las Contribuciones que Inciden sobre los Inmuebles (CISI Comunas Rurales) correspondientes al período fiscal 2026.
El decreto, que invoca el artículo 43 del Código Tributario Provincial y los artículos 213, 316, 138 de la Ley Nº 5637 (t.v.) y 4° de la Ley Nº 5638 (t.v.), busca "acordar para el período fiscal 2026 con carácter general, bonificaciones por el pago íntegro de los mismos en forma anticipada, como así también por el pago de las cuotas mediante cesión de haberes a través del sistema de débito automático y por el pago de las cuotas que se efectúe en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos".
En su artículo 1°, el decreto detalla las bonificaciones "siempre que los pagos sean efectuados en dinero en efectivo":
Por el pago íntegro anual anticipado hasta el día 19 de diciembre de 2025 inclusive: 20%. "Dicha bonificación se calculará sobre el impuesto o contribución total anual o saldo que corresponda ingresar".
Por el pago de cada cuota que se efectúe mediante cesión de haberes a través del sistema de débito automático en cuenta sueldo o mediante débito automático en cuenta corriente o caja de ahorros de cualquier entidad bancaria: 8,33%.
Por el pago efectuado en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos de las 11 primeras cuotas (anticipos) mensuales: 100% del importe de la cuota 12ª o del saldo de cuota que corresponda ingresar.
A este efecto, "se considerarán ingresados en tiempo y forma los pagos de cuotas que se efectúen hasta el último día hábil del mes calendario en que se produzca el vencimiento general de la cuota de que se trate, con más los intereses establecidos en el artículo 50 del Código Tributario Provincial".
El artículo 2° faculta a la Dirección General de Rentas "a prorrogar el plazo establecido (19 de diciembre) y a dictar las normas reglamentarias necesarias para la aplicación del presente instrumento legal".
La medida apunta a fomentar la adhesión temprana y el cumplimiento fiscal, ofreciendo alternativas que combinan descuentos directos con facilidades de pago automático y condonación de la cuota final por puntualidad.